Jueces deben aprovechar las TIC para verificar hechos notorios y eximir al demandante de ciertas pruebas. (Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia SC-24202019 (11001020300020170149700) – 7/4/2019). |
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia hizo un llamado a los jueces para que aprovechen el uso de las TIC durante los litigios que tienen a su cargo, mandato que también cobija la verificación del grado de divulgación suficiente que tiene un hecho para estar exento de prueba. A su juicio, las normas procesales de derecho interno, como el bloque de constitucionalidad, instan a los directores del proceso para que las referidas tecnologías sean incorporadas en la actividad judicial y facilitar así la satisfacción de los usuarios y garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho a ser oídos en los procesos de los que hacen parte. Para la corporación, el empleo de los canales de transmisión y almacenamiento de datos electrónicos, por ejemplo, constituye una herramienta que logra eximir al demandante de la carga de allegar con el libelo el documento que prueba la existencia y representación de personas jurídicas de derecho privado, cuando esa información conste en bases de datos de entidades públicas o privadas encargadas de certificarla (M. P. Aroldo Wilson Quiroz). Lea la sentencia completa aquí: sent-sc-24202019(11001020300020170149700)-19 (Fuente: Legis al día) |