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Yepes Gómez Abogados Asociados
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Derecho Administrativo
En materia litigiosa ante la jurisdicción contenciosa administrativa brindamos completa asesoría a nuestros usuarios...

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Somos especializados en el área laboral, de asesoramiento tanto para empleadores como empleados...

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Civil
Todos los temas del derecho privado. Es imponderable que las etapas de negociación se tengan la claridad...

Seguridad
Social
Asesorar y solucionar los diferentes conflictos que se presentan en el sistema de seguridad social integral...
Blog
LA DIGNIDAD HUMANA, UN CONCEPTO COMPLEJO.
09/15/2021A propósito de la decisión de la Corte Constitucional, sentencia C-294 de 2021, en la que declaró la inexequibilidad del acto legislativo 01 de 2020 que suprimió la prohibición de la prisión perpetua;
BENEFICIOS DE LAS TIC EN PROCESOS
09/19/2019Jueces deben aprovechar las TIC para verificar hechos notorios y eximir al demandante de ciertas pruebas. (Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia SC-24202019 (11001020300020170149700) – 7/4/2019). La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia hizo...
JUSTICIA PENAL TRANSICIONAL
10/01/2018Las dificultades de la actual negociación con el grupo insurgente ELN, pone de nuevo de relieve el debate sobre la intangibilidad del Acuerdo de Paz con las FARC, incorporado al ordenamiento jurídico constitucional,
FACTURACIÓN DE EQUIPOS MÓVILES
04/27/2020Facturación de equipos móviles financiados debe separarse de los servicios de comunicación. (Superindustria y Comercio, Concepto 19292577 – 1/24/2020). Los proveedores de servicios de comunicaciones pueden otorgar descuentos, financiar o diferir el pago de equipos móviles, para lo cual...
SUSPENSIÓN E INHABILIDAD A JUEZ POR MORA EN VARIOS PROCESOS PENALES.
02/02/2022La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sentencia en la que fue declarado responsable un juez y sancionado con suspensión de un mes en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial por el mismo lapso, por incurrir en la prohibición prevista en el artículo 154.3 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 410 de la Ley 600 del 2000, desconociendo los principios previstos en los artículos 4° y 7° de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, al no encontrarse alguna justificación por la mora presentada dentro de varias causas penales.




