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Yepes Gómez Abogados Asociados
Somos un grupo de abogados establecido en Santiago de Cali, contamos con más de 15 años de experiencia brindando acompañamiento y asesoría, múltiples casos exitosos respaldan nuestra gestión.

Derecho Administrativo
En materia litigiosa ante la jurisdicción contenciosa administrativa brindamos completa asesoría a nuestros usuarios...

Derecho
Laboral
Somos especializados en el área laboral, de asesoramiento tanto para empleadores como empleados...

Derecho
Civil
Todos los temas del derecho privado. Es imponderable que las etapas de negociación se tengan la claridad...

Seguridad
Social
Asesorar y solucionar los diferentes conflictos que se presentan en el sistema de seguridad social integral...
Blog
CIRCULAR 049 DE 2026: UNA NUEVA ORIENTACIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO SOBRE LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA.
07/08/2026Legis al día.Ámbito jurídico. La necesidad de esta circular surge en un contexto en el que las decisiones administrativas sobre estabilidad laboral reforzada no siempre han sido uniformes. La expedición de la Circular 049 del 22 de mayo de 2026...
FACTURA ELECTRÓNICA DE LAS ESP
08/27/2018Usuario de servicios públicos domiciliarios debe consentir el envío de factura electrónica. Superservicios, Concepto 479-7/16/2018 La forma de entregar las facturas de servicios públicos domiciliarios será la que se determine por las partes en los contratos de...
CONSTITUCIONALIDAD DE LA JEP
08/09/2018Este es el fallo de la Corte Constitucional que respalda creación de la JEP.(Corte Constitucional, Sentencia C-674 – 11/15/2017).Después de ocho meses de espera, la Sala Plena de la Corte Constitucional dio a conocer la Sentencia C-674 del 2017, en la...
DESDE CUÁNDO SE ES ADULTO MAYOR.
08/05/2025El texto reflexiona sobre el momento en que una persona es considerada adulto mayor y la relevancia de esta definición desde un enfoque jurídico y social. Se destaca que, así como la Constitución protege los derechos de la niñez y...
LIBERTAD Y SUS LÍMITES
06/10/2019Hace unos pocos días la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de las expresiones “bebidas alcohólicas y sicoactivas”, contenidas en el artículo 33 (literal C, numeral 2°) y en el artículo 140 (numeral 7°) del Código de Policía (Ley 1801 del 2016).




