FUERO DE MATERNIDAD PROTEGE A LA MUJER EN DIFERENTES ETAPAS: EMBARAZO, PARTO Y LACTANCIA.

FUERO DE MATERNIDAD PROTEGE A LA MUJER EN DIFERENTES ETAPAS: EMBARAZO, PARTO Y LACTANCIA.

 

Se analiza la importancia y los beneficios de la lactancia materna, su incidencia en la igualdad de género y en la conciliación entre la vida familiar y laboral.

La Corte Constitucional estudió tres acciones de tutela promovidas por mujeres gestantes o lactantes que fueron desvinculadas de sus trabajos mientras invocaban la protección derivada del fuero de maternidad y lactancia y resaltó la especial relevancia de la lactancia materna para el desarrollo humano y la protección reforzada que esta práctica recibe en el ordenamiento jurídico colombiano.

Amparó los derechos fundamentales al trabajo, estabilidad laboral reforzada por embarazo, lactancia materna, mínimo vital y seguridad social de las accionantes y reiteró que la lactancia es un derecho fundamental cuya efectividad exige que el entorno laboral ofrezca condiciones reales para su ejercicio, sin generar discriminación ni poner en riesgo la estabilidad de las mujeres.

Los casos

En el primer caso, la terminación del vínculo ocurrió seis meses y once días después del nacimiento del bebé, a pesar de que la trabajadora había informado al empleador que mantenía una adecuada lactancia continua. En el segundo, la accionante fue desvinculada en dos oportunidades, una cuando estaba en estado de embarazo y otra cuando su hija tenía cuatro meses y veinte días de nacida. Ambos eventos ocurrieron a pesar de informar oportunamente al empleador tanto de su embarazo como del nacimiento de su hija.

Finalmente, en el tercer caso, la terminación se dio durante la etapa de gestación a pesar de la previa comunicación de la accionante sobre su estado de embarazo al empleador. El análisis de los tres expedientes permitió a la Sala advertir sobre cómo el fuero de maternidad protege a la mujer en diferentes etapas de su proceso: embarazo, parto y lactancia.

Embarazo y lactancia

El alto tribunal estructuró su análisis a partir de varios ejes jurisprudenciales: la importancia y los beneficios de la lactancia materna, su incidencia en la igualdad de género y en la conciliación entre la vida familiar y laboral, especial protección de la mujer gestante y lactante, obligaciones del empleador y alcance de la estabilidad laboral reforzada durante el embarazo y la lactancia.

Se determinó que las entidades accionadas terminaron el vínculo laboral con ocasión de la maternidad de las accionantes en sus distintas etapas, se ordenó el reintegro a los cargos o actividades que desempeñaban antes de ser despedidas y se dispuso el pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir, además de medidas para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la lactancia materna dentro de la jornada laboral.

Noticias- Ámbito jurídico.