CONSTITUCIONALIDAD DE LA JEP

 

Este es el fallo de la Corte Constitucional que respalda creación de la JEP.

(Corte Constitucional, Sentencia C-674 – 11/15/2017).

Después de ocho meses de espera, la Sala Plena de la Corte Constitucional dio a conocer la Sentencia C-674 del 2017, en la cual se respalda el Acto Legislativo 01 del 2017, que creó la jurisdicción especial para la paz (JEP), pero hace una serie de reparos a una de las reformas a la Constitución más importantes y trascendentales para el posconflicto. Inicialmente, advirtió que el proceso de formación de la reforma se cumplió con la totalidad de los requisitos previstos en la Constitución Política; sin embargo, el inciso segundo del artículo 9º, relacionado con los conflictos de competencia entre la JEP y la jurisdicción indígena, desconoció del derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas. En el fallo, de casi 500 páginas, el alto tribunal enfatizó que el incumplimiento por parte de los excombatientes a cualquiera de las condiciones del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición o a cualquiera de las sanciones impuestas por la JEP tendrá como efecto la pérdida de tratamientos especiales, beneficios, derechos y garantías, según el caso. En el documento adjunto a esta nota encuentre las razones que explican las inexequibilidades que fueron declaradas, así como los elementos que supeditaron la constitucionalidad de algunos de los apartes normativos de la mencionada reforma (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

( Fuente: LEGIS AL DÍA ). Lea la sentencia completa aquí: sent-c-674-17.  
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