SUPERSALUD NO DEBE RESPONDER

SUPERSALUD NO DEBE RESPONDER

Sala Civil revoca condena $85 mil millones a la Supersalud por deudas de extintas EPS.

(Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia STC-20652019 (11001020300020180408000) – 2/22/2019) Al resolver una tutela interpuesta por la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) contra las sentencias de instancia proferidas en el ejecutivo quirografario iniciado por varias IPS por las acreencias pendientes de algunas extintas EPS, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto las decisiones. Las deudas ascendían a $ 85 mil millones, los cuales debía pagar la entidad en su calidad de deudora solidaria. Sin embargo, para la corporación no se demostró que el título base de la ejecución fuera suscrito por el representante legal de la Supersalud y que, por lo tanto, tuviera la capacidad de comprometer su responsabilidad patrimonial y por esa senda la de la Nación. Por esta razón, los jueces de instancia desbordaron su competencia, ya que estas cuestiones solo podían ser resueltas en un trámite de conocimiento y no en el ejecutivo. Así las cosas, “como semejante actuación compromete gravemente el erario, dado el cuantioso monto de las prestaciones reconocidas, todas con el común denominador acabado de estudiar, amerita la salvaguarda deprecada en relación con la totalidad de las pretensiones allí reclamadas, incluso si alguna de ellas no fue materia de defensa oportuna por errores de técnica procesal” (M. P. Octavio Augusto Tejeiro). Lea la sentencia completa aquí: Sentencia – STC 2065-2019 (Fuente: Legis al día)
Deja tu comentario

Tu dirección de correo no será publicada. Los campos marcados son obligatorios*