OBLIGACIÓN DEL CONSUMIDOR

OBLIGACIÓN DEL CONSUMIDOR
     

Exoneración de responsabilidad por uso indebido del consumidor requiere haber entregado manual del usuario. 

(Superindustria y Comercio, Sentencia 12633 – 10/7/2019). En cuanto a la exoneración de responsabilidad de la garantía, el artículo 16 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) dispone que corresponde al empresario demostrar que el defecto del bien o servicio proviene de fuerza mayor o caso fortuito, el hecho de un tercero, uso indebido del bien por parte del consumidor o que este no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas. Sobre este último aspecto, la Superintendencia de Industria y Comercio precisó que el contenido del manual de instrucciones de instalación, uso o mantenimiento deberá estar acorde con la complejidad del producto y, en ese orden, la causal no podrá ser alegada si no se ha suministrado el manual del usuario al consumidor. En el caso bajo análisis, la entidad demandada argumentó la desatención de las condiciones de uso del colchón que adquirió el consumidor, ya que la tela estaba en condiciones antihigiénicas, circunstancia que fue informada al momento de entregar el manual del usuario, anulando así la garantía. Lea la sentencia completa aquí: sent-12633-19 (Fuente: Legis al día)
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